Cinco casos para evitar perdernos entre gestiones y plazos
Cuando el contribuyente debe enfrentarse a cualquier situación en Hacienda, generalmente se encuentra en un estado de total desorientación.
- Actualmente la Agencia Tributaria está concediendo aplazamientos y fraccionamiento del pago de impuestos para importes inferiores a 18.000 € sin que se requiera aval, ante las dificultades de liquidez de las pequeñas y medianas empresas. Estas solicitudes se pueden realizar telemáticamente y las concesiones de aplazamiento y fraccionamiento son automáticas, generan las notificaciones también automáticamente y envían periódicamente los cargos a la cuenta domiciliada.
- Para autorizar a otra persona a realizar un trámite en nuestro nombre (esto suele suceder frecuentemente en el caso de autónomos y empresas) hay que cumplimentar el formulario adecuado para ello que puede descargarse desde agenciatributaria.es, firmando ambas personas (contribuyente y tercero en el que se delega). Si en algún momento se desea se puede revocar este apoderamiento o renunciar al mismo, enviando un burofax a la Agencia Tributaria.
- En cuanto a los autónomos, es obligatorio que presenten sus declaraciones de renta de forma telemática. Y no existe otra alternativa.
- Mediante el Pin 24 Horas se permite presentar declaraciones informativas y autoliquidaciones de forma telemática, pero para ello es necesario acudir en primer lugar a las oficinas de la Agencia Tributaria para registrarse.
- No obstante, hay otros casos en los que para realizar los trámites en la Agencia Tributaria, agilizándolos y de este modo evitar retrasos y poder solventar problemas y dejar listo el papeleo cuanto antes, lo mejor es en lugar de personarse en la Delegación de Hacienda correspondiente directamente, acudir en primer lugar al
departamento de Recaudación, ya que si existe algún aplazamiento de pago, deberán modificar el sistema y hacer que en el certificado conste que está todo al corriente de pago.A continuación habrá que acudir a la Delegación y presentar el impreso de solicitud de estar al corriente de pagos.
En cualquier caso, nuestro consejo es que preparemos en primer lugar toda la documentación y datos que la Agencia Tributaria pueda solicitar y que nos informemos claramente de qué pasos debemos dar y dónde debemos acudir, para evitar una pérdida de tiempo y problemas sorpresa por una mala gestión.