¿QUÉ PASA CON MI BAJA LABORAL?

Estoy de baja laboral, ¿qué tengo que cobrar? Veamos un caso real. 

Los primeros tres días, no se cobra nada.  

Los días del 4-20 de baja, tienes derecho a cobrar el 60 % de tu base reguladora.

A partir del día 21, todos los trabajadores tienen derecho a cobrar el 75% de la base

Estos tramos son de aplicación para cualquier trabajador que se encuentre de baja por enfermedad común. 

Sin embargo, el Convenio colectivo que resulte aplicable puede y suele establecer mejoras (que en un caso real que tensmos en el despacho es el Convenio del Metal de Valencia) establece unos complementos de incapacidad temporal que hacen que estos tramos generales se incrementen.  

Siguiendo el caso real: art. 55 del convenio colectivo del metal de Valencia:  

Del día 1 al 9 aplicamos la normativa general.

Del día 10 al 20 (tienes derecho al 60% si o sí), sin embargo, la empresa está obligada a incrementarte ese porcentaje en un 15 %. Ello se materializa en que esos 11 días tienes derecho al 75% de tu base, en vez del 60 si estás vinculado por el convenio.

Y, a partir del día 21, la empresa debe incrementarte el porcentaje al que tienes derecho por la normativa general (75%), en un 25%, por lo que durante por lo que cobrarías el 100% de tu base reguladora, en vez del 75%. 

En resumen: Tienes que valorar tu relación específica con tu empresa para valorar si lo que cobras de baja es correcto.

Texto elaborado por la colaboradora Sara Sanz Valverde y revisado por David J. López Ortega.